Si usted y su pareja se encuentran en pleno proceso de divorcio estarán en un momento en el que hay que tomar diversas soluciones, que no son sencillas, tanto en los divorcios de mutuo acuerdo como en los contenciosos.
La diferencia fundamental es que en los divorcios de mutuo acuerdo suele llegarse a estas conclusiones dialogando y en los contenciosos al no haber acuerdo es el juez el que tendrá la última palabra.
Las medidas que establezca el juez o bien las que se recojan en el convenio regulador deberán cumplirse, principalmente para que no haya malentendidos entre la pareja o entre sus familiares, si se respetan estas medidas no tiene por qué haber problemas.
Entre estas medidas se encuentran, para el progenitor no custodio, un régimen de visitas y una pensión de alimentos para colaborar con el crecimiento de sus hijos, una pensión compensatoria en caso de que se solicite…
Todo este tipo de medidas no son inamovibles sino que pueden variar con el tiempo en caso de que la situación personal o laboral de alguno de los progenitores cambie. Por ejemplo si el progenitor no custodio se cambia de ciudad, el régimen de visitas deberá adaptarse a esta nueva situación.
Si económicamente uno de los dos cónyuges no está atravesando un buen momento quizás se vea obligado a solicitar un cambio o una reducción en la pensión de alimentos.