Cuando una pareja se divorcia, una de los mayores problemas surge a la hora de determinar quién se queda con la vivienda familiar. Normalmente, ambos se ponen de acuerdo sobre este asunto. Pero, ¿y a falta de acuerdo?
En un divorcio, ¿a quién le corresponde la casa?
Si existen hijos sujetos a la patria potestad, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Es decir, quien tenga atribuida la custodia de los hijos, se queda con la casa también.
Cuando los hijos comunes de los cónyuges quedan repartidos en cuanto a su guarda y cuidado entre sus dos padres, se confía al juez la decisión que considere más conveniente sobre el uso de la vivienda familiar y su dotación mobiliaria. Se estudiará la situación particular de cada uno, y se otorgará la vivienda a quien más la necesite.
En el caso de que no existan hijos del matrimonio, el juez podrá conceder el uso de la vivienda familiar y del ajuar de la misma, por el tiempo que prudencialmente se fije, al cónyuge, que aunque no sea el titular de la vivienda, lo necesite más. Esto significa que se quedará en la casa el cónyuge cuyas circunstancias lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección.
Como puede ver, la decisión de quién se queda viviendo en la casa familiar no es arbitraria. Se vela siempre por el interés de la parte que va a quedar más desprotegida, de manera a equilibrar lo máximo posible la situación. Si quiere que se respeten sus derechos y no sabe cómo afrontar el divorcio, le recomendamos que se ponga en manos de un buen abogado. Puede venir a visitar nuestro despacho en Mallorca, somos expertos en derecho de familia, y podremos ayudarle con su proceso.